El Consejo Nacional Electoral anunció que a partir de este 3 de noviembre su portal web permitirá la obtención de las Constancias de Residencia. En nota de prensa, el CNE informó que así “se busca simplificar y facilitar a las ciudadanas y los ciudadanos la obtención del documento que emiten las oficinas y unidades de Registro Civil de cada municipio del país”.
La Constancia de Residencia es uno de los requisitos que deben consignar los solicitantes del SICAD II.
El solicitante debe ingresar a través del link “Constancia de Residencia” ubicado en la parte derecha del portal www.cne.gob.ve para descargar la planilla y completar la información requerida. Luego debe imprimir tres copias de la planilla y una copia del comprobante de solicitud, que será generado durante el procedimiento. Se adjunta una fotocopia de la cédula de Identidad, así como cada uno de los recaudos solicitados en la casilla.
Con todos los recaudos el solicitante debe acudir a la oficina de Registro Civil que le corresponde según la dirección de residencia, y consignar la documentación en una carpeta manila tamaño oficio para la respectiva validación y firma del Registrador o Registradora Civil.
La Constancia de Residencia sólo podrá ser emitida una vez realizado el trámite automatizado en la página oficial del organismo electoral. La obtención del documento es un proceso gratuito como todos los demás servicios que se tramitan ante el Registro Civil.
Fuente: Nota de prensa del CNE
Me parece màs facil solicitar la carta de residencia por los Concejos Comunales y no hacer tantos tràmites.
BANESCO ERES LO MAXIMO GRACIAS POR ESA VALIOSA INFORMACIÓN SALUDOS A ESE GRANITO DE ARENA Y LA GRAN FAMILIA BANESCO
¡Estamos a la orden, Mayerlin! ¡Saludos!